Tenencia de Mascotas ley 21.422

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Feliz !! por nuestros incondicionales amigos peludos. La ley de copropiedad, reciente aprobada por el Congreso y lista para ser promulgada por parte del ejecutivo, para nosotros amantes de los peludos, y para aquellas personas que viven en edificios y en condominios, ahora puedes estar tranquilo ya que por ley no se puede negar la habitabilidad de tu compañero de vida en tu inmueble sujeto a la ley de copropiedad.

Ley 21.442 art 8 letra b nos señala: EL reglamento de copropiedad no podrá prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios u ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades.

Si bien es cierto, la ley dicta esto, solo habla de la política de los edificios y comunidad, si un copropietario arrienda su propiedad puede prohibir las mascotas, está ejerciendo el derecho a propiedad y no será multado, el arrendatario por tanto deberá acatar esta regla, porque está tratando directamente con el dueño, aunque la unidad este dentro de una comunidad.

 

La ley indica en cuanto a los espacios comunes será el comité de administración quien reglamente los espacios que se pueden usar considerando que estos lugares son para los residentes, por tanto, se deben respetar para mantener la armonía en la comunidad, además es importante establecer y respetar estas reglas en espacios comunes para resguardar la seguridad, salubridad y habitabilidad del condominio especialmente de aquellos especímenes caninos calificados como potencialmente peligrosos. respecto de los cuales son plenamente aplicables las medidas especiales de seguridad y protección y las condiciones especiales de tenencia contenidas en el artículo 6° de la ley N° 21.020.

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A consideración cuidar el ruido, el maullido o el ladrido de nuestro compañero peludo porque son muy molesto especialmente de noches cuando se vive en comunidad.

Tenencia y Responsabilidad

La nueva ley de copropiedad 21.422 permite la tenencia de mascota en cualquier condominio, pero debemos ser consciente en la adopción y en la convivencia con los vecinos, además ser responsables, darles cuidados correspondientes y amor a nuestros compañeros peludos.

   EN EL CASO DE LOS PERRUNOS :  pasearlos varias veces al día con correa, recoger sus depósitos, dejar a los peludos en un lugar que estén cómodos, con comida y agua fresca, de igual forma acostumbrarlos a estar solos y manejar su ansiedad.

    EN EL CASO DE LOS GATITOS : es muy necesario preocuparse de tener malla de seguridad en los balcones o terrazas, dejarlos con arena limpia, comida y agua fresca.

Respetar el Reglamento

        Es muy importante que los residentes se mantengan informados del reglamento de copropiedad acerca de las reglas y restricciones para las mascotas. Es necesario que en los  condominios que habiten mascotas de compañía, los residentes informen a la administración cualquier comportamiento que no esté acorde al reglamento para tomar las medidas correspondientes.

     

Por ultimo será un proceso no menor para aquellas personas que no están acostumbradas a convivir con mascotas por lo cual nosotros que amamos y hemos compartido con los peludos debemos practicar la empatía.

  Saludos CONEKTIVA

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